TAE abusiva en tu préstamo personal

¿Tu préstamo personal tiene una TAE muy por encima de la media?

Si la TAE de tu préstamo personal se dispara muy por encima del interés medio del mercado, puede tratarse de un préstamo usurario y tener derecho a que se anule y te devuelvan lo pagado de más.

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La TAE (tasa anual equivalente) recoge el coste real de un préstamo: intereses, comisiones y seguros asociados en un único porcentaje anual. Cuando esa TAE se sitúa muy por encima del interés medio que el propio Banco de España publica para operaciones de crédito al consumo similares, el préstamo puede ser usurario y, por tanto, nulo de raíz.

Esto no es exclusivo de las tarjetas revolving: también afecta a préstamos personales rápidos, contratados online o por teléfono, con TAE que en muchos casos superan el 20 %, el 25 % o incluso más. Si quieres hacer números antes de nada, usa nuestra calculadora de intereses abusivos. Y si tu préstamo es para la compra de un coche, revisa también el caso específico de usura en préstamos para coches.

La Ley de Represión de la Usura: la base legal para reclamar

La norma que permite anular estos préstamos no es reciente: es la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, conocida como Ley Azcárate. Su artículo 1 declara nulo todo préstamo en el que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, o en condiciones tales que resulte leonino.

El Tribunal Supremo, en su conocida sentencia 628/2015, de 25 de noviembre (dictada sobre una tarjeta revolving), fijó el criterio que hoy usan los juzgados para aplicar esta ley centenaria: para saber si un interés es usurario hay que compararlo con el tipo medio ordinario en las operaciones de crédito al consumo que publica el Banco de España para productos comparables, no con el interés legal del dinero. Ese mismo criterio se ha extendido por analogía a préstamos personales y otras modalidades de crédito al consumo, siempre analizando caso por caso la TAE frente a la media de su categoría en el momento de la firma.

Cuando un préstamo se declara usurario, la consecuencia no es rebajar el interés: es la nulidad completa del contrato. El prestatario solo está obligado a devolver el capital recibido, y la entidad tiene que devolver todo lo que haya cobrado por encima de ese capital: intereses, comisiones y seguros incluidos.

Cómo saber si tu préstamo tiene una TAE usuraria

No existe un porcentaje fijo que marque la usura: depende de comparar tu TAE con la media de mercado para un producto similar en la fecha en que firmaste. Como orientación, estos son los pasos que seguimos:

  • Localizamos la TAE exacta de tu contrato (no el interés nominal, que suele ser más bajo y engañoso).
  • La comparamos con el tipo medio publicado por el Banco de España para crédito al consumo en la fecha de la firma.
  • Valoramos si la diferencia es notablemente superior, atendiendo también a cómo se contrató el préstamo (online, telefónico, sin comparar ofertas) y si hubo comisiones o seguros que inflaran aún más el coste real.
  • Revisamos si la comisión de apertura u otros gastos se financiaron dentro del capital, distorsionando la TAE que figura en el contrato.

Cuanto mayor sea la distancia con la media de mercado, más sólido es el caso. Si además tu préstamo tiene comisión de apertura elevada, revisa también nuestra página sobre cómo reclamar la comisión de apertura.

TAE mal calculada: cuando la TAE publicada no es la TAE real

Además de la usura, existe un segundo motivo de reclamación, distinto y compatible con el anterior: que la TAE que figura en el contrato o en la información precontractual no sea la TAE real del préstamo. Esto ocurre cuando, para calcular ese porcentaje, la entidad deja fuera algún coste que en realidad sí forma parte del calendario de pagos exigido, de modo que la TAE que se comunica al cliente resulta artificialmente más baja que la que realmente soporta.

El caso más habitual es el de un seguro vinculado obligatorio (de vida, de protección de pagos u otro) que se exige para conceder o mantener las condiciones del préstamo, pero que no se incorpora al cálculo de la TAE publicada. Si se reconstruye el calendario de pagos real, incluyendo ese coste, la TAE efectiva es superior a la que el banco anunció en su día.

Esto es un defecto de transparencia en el cálculo, no una cuestión de que el interés sea excesivo frente al mercado: son dos motivos de reclamación distintos y pueden concurrir en el mismo préstamo. La obligación de reflejar en la TAE todos los costes vinculados al crédito está recogida en la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo, que traspone la Directiva 2008/48/CE, por lo que una TAE mal calculada también puede fundamentar, por sí sola, una reclamación con independencia de si además hay o no usura.

Qué recuperas si tu préstamo es usurario

Si el juzgado declara la nulidad por usura, el contrato se considera como si nunca hubiera generado intereses: solo debes el capital que recibiste. Todo lo que hayas pagado por encima de ese capital (intereses, comisiones, seguros vinculados) hay que devolvértelo. Si ya has amortizado el préstamo y pagaste más de lo prestado, puedes reclamar esa diferencia igualmente: la acción no prescribe por haber cancelado el préstamo.

Cómo reclamamos

Revisamos tu caso gratis en minutos: nos envías el contrato (o lo pedimos nosotros a la entidad si no lo conservas) y comparamos tu TAE con la media de mercado de la fecha. Si hay caso, iniciamos reclamación extrajudicial y, si la entidad no responde o la rechaza, demanda. Sin pagos por adelantado: solo cobramos si ganamos, el 20 % + IVA de lo conseguido.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una TAE abusiva en un préstamo personal?

Es una TAE que se sitúa muy por encima del interés medio que el Banco de España publica para operaciones de crédito al consumo comparables en la fecha en que firmaste. Cuando esa diferencia es notable y desproporcionada, el préstamo puede considerarse usurario conforme a la Ley de Represión de la Usura de 1908.

¿Cómo se calcula si mi préstamo tiene una TAE usuraria?

Se compara la TAE real de tu contrato con el tipo medio de mercado para crédito al consumo en la fecha de la firma, valorando también cómo se contrató (online, telefónico) y si se sumaron comisiones o seguros que encarecen el préstamo. Puedes hacer una primera estimación con nuestra calculadora de intereses abusivos.

¿Qué dice la Ley de Represión de la Usura (Ley Azcárate)?

La Ley de 23 de julio de 1908 declara nulo todo préstamo con un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. El Tribunal Supremo, en su sentencia 628/2015 de 25 de noviembre, fijó el criterio de comparar la TAE con el tipo medio del Banco de España para aplicar esta ley, un criterio que se ha extendido por analogía más allá de las tarjetas revolving.

¿Qué gano si reclamo la TAE abusiva de mi préstamo?

Si se declara la nulidad por usura, solo debes devolver el capital prestado. Todo lo pagado de más (intereses, comisiones y seguros) debe devolvértelo la entidad, incluso si el préstamo ya está cancelado.

Más contexto en la guía completa de cómo reclamar un préstamo personal, donde encontrarás el resto de motivos de nulidad, la tabla de tipos medios del Banco de España y los pasos del procedimiento.

¿Qué diferencia hay entre TAE usuraria y TAE mal calculada?

Son dos motivos de reclamación distintos y compatibles entre sí. La TAE usuraria significa que el coste del préstamo, aun estando bien calculado, es notablemente superior a la media de mercado. La TAE mal calculada significa que la TAE comunicada no es la real, porque en su cálculo se excluyó algún coste vinculado obligatorio, como un seguro. Puedes reclamar por cualquiera de los dos motivos, o por ambos si concurren en tu préstamo.

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