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¿Cómo puede ayudarte realmente la Ley de Segunda Oportunidad?
Si las deudas te han llevado a una situación límite, la Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar tus obligaciones, detener embargos y recuperar el control de tu vida financiera.
1. Cancelación total de las deudas o plan de pagos asumible
Al finalizar el procedimiento puedes conseguir la exoneración definitiva de tus deudas o un plan de pagos adaptado a tu situación económica.
2. Suspensión de embargos y ejecuciones judiciales
El inicio del proceso paraliza los embargos y las reclamaciones judiciales en curso.
3. Dejas de pagar las cuotas de tus deudas
Desde la solicitud del concurso puedes dejar de abonar préstamos, tarjetas u otros créditos.
4. Protección frente a acreedores y empresas de recobro
Durante el procedimiento puedes comunicar la situación concursal y reducir la presión de acreedores.
5. Suspensión de monitorios y demandas por deuda
La situación concursal puede alegarse en procedimientos abiertos para paralizarlos o suspenderlos.
6. Eliminación de registros de morosidad
Tras la exoneración deben eliminarse tus datos de ficheros como ASNEF o BADEXCUG.
7. La venta de la deuda a fondos no cambia la situación
Aunque la deuda se ceda a un tercero, la exoneración judicial sigue siendo válida y definitiva.
Este procedimiento permite dejar atrás las deudas y comenzar una nueva etapa sin presión financiera.
¿Cómo es el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?
El procedimiento comienza con la elaboración de una relación de acreedores y la preparación de una memoria que explique la situación económica que ha llevado a la insolvencia.
A continuación, se recopila la documentación necesaria y se presenta la solicitud de concurso de acreedores de persona física ante el juzgado competente.
Durante la tramitación judicial, el procedimiento se gestiona conforme a la normativa concursal, pudiendo nombrarse un administrador concursal si existen bienes o ingresos relevantes.
Asimismo, la solicitud se publica en el Registro Público Concursal y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), como parte del proceso legal.
En su caso, el administrador concursal elaborará un informe y podrá plantearse la liquidación de bienes o la aprobación de un plan de pagos.
Finalmente, se solicita la exoneración de las deudas (EPI), tras lo cual el juzgado dicta la resolución correspondiente, que se comunica a los acreedores y a los procedimientos judiciales abiertos.
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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal que permite a personas físicas, tanto particulares como autónomos, cancelar sus deudas cuando se encuentran en situación de insolvencia. En la práctica, funciona como un concurso de acreedores adaptado a personas físicas.
Este mecanismo está regulado por la normativa concursal vigente y por la reforma introducida en la Ley 16/2022, cuyo objetivo es ofrecer una solución real a quienes no pueden asumir el pago de préstamos, tarjetas, créditos, deudas con proveedores o determinadas deudas públicas.
Mediante este procedimiento, el deudor puede obtener la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), es decir, la cancelación total o parcial de las deudas una vez finalizado el proceso judicial.
¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de segunda oportunidad?
En Asesority ofrecemos un precio cerrado, sin sorpresas y con posibilidad de pago fraccionado, adaptado a cada caso.
El coste del procedimiento depende principalmente de si el deudor tiene bienes o no, y de la estrategia jurídica necesaria para conseguir la cancelación de las deudas o la aprobación de un plan de pagos.
El plazo de presentación de la solicitud suele ser de unos 10 días desde la entrega de la documentación necesaria. Aunque recopilar estos documentos puede resultar complejo, te ayudamos durante todo el proceso para facilitar los trámites.
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Requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad está dirigida a personas físicas, tanto particulares como autónomos, que se encuentran en situación de insolvencia y no pueden hacer frente al pago de sus deudas.
Para poder acogerse al procedimiento es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser persona física o trabajador autónomo.
- Tener deudas con más de un acreedor.
- Encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente.
- Haber actuado de buena fe.
- No haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los 10 años anteriores a la solicitud.
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¿Quién puede acogerse a la Ley de segunda oportunidad?
Pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad las personas físicas, tanto particulares como autónomos, que se encuentren en situación de insolvencia y no puedan hacer frente al pago de sus deudas.
Este procedimiento permite cancelar total o parcialmente las deudas a través de una resolución judicial, ofreciendo una solución legal para recuperar la estabilidad económica.
Si no tienes bienes ni vivienda en propiedad, es posible obtener la exoneración definitiva de las deudas tras el procedimiento concursal.
Si tienes una vivienda u otros bienes, la normativa actual permite en muchos casos conservarlos mediante la aprobación de un plan de pagos adaptado a tus ingresos, que puede tener una duración de hasta 5 años.
Las opiniones de nuestros clientes
Tipos de concurso de acreedores para personas físicas
En la Ley de Segunda Oportunidad existen dos situaciones principales en función de si el deudor dispone o no de bienes.
Concurso sin bienes
El concurso sin bienes está dirigido a personas que no tienen patrimonio suficiente para hacer frente a sus deudas. Es el procedimiento más rápido y sencillo, ya que no requiere liquidación de activos.
Sus características principales son:
- El procedimiento es más sencillo y económico.
- No existe patrimonio suficiente para pagar las deudas.
- Puede considerarse sin bienes incluso teniendo vivienda si la hipoteca pendiente es igual o superior a su valor.
- Permite obtener la exoneración de las deudas de forma más ágil.
Concurso con bienes
Se aplica cuando el deudor dispone de activos como vivienda, vehículos, inversiones u otros bienes susceptibles de liquidación.
En estos casos:
- Puede nombrarse un administrador concursal para valorar y liquidar los bienes.
- El procedimiento es más complejo y puede incluir una fase de liquidación o la aprobación de un plan de pagos.
- Es posible obtener la exoneración parcial de las deudas o un plan de pagos adaptado a la capacidad económica.
Cómo solicitar la Ley de Segunda Oportunidad
La solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad se realiza a través de un procedimiento judicial que permite cancelar o reestructurar las deudas cuando no es posible hacer frente a los pagos.
El proceso comienza con la comprobación de que se cumplen los requisitos legales y la recopilación de la documentación necesaria, así como el análisis completo de las deudas existentes.
Una vez preparada la información, se presenta la solicitud de concurso de acreedores de persona física ante el juzgado competente.
Tras la declaración del concurso, se notifica a los acreedores y, en su caso, puede nombrarse un administrador concursal para la elaboración del informe correspondiente.
Si existen bienes, el procedimiento puede incluir una fase de liquidación o la aprobación de un plan de pagos. Posteriormente se solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), tras lo cual el juzgado dicta la resolución de cancelación de las deudas.
Finalmente, la resolución se publica en el Registro Público Concursal y se comunica a los acreedores.
¿Cuánto tiempo dura el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?
La duración del procedimiento depende principalmente de si el deudor dispone de bienes o no. En los concursos sin bienes, el proceso suele resolverse en un plazo aproximado de entre 6 y 12 meses desde la presentación de la solicitud.
Cuando existen bienes que deben ser analizados o liquidados, el procedimiento puede prolongarse, situándose habitualmente entre 1 y 2 años.
En cualquier caso, desde el inicio del proceso se adoptan medidas que permiten aliviar la situación económica del deudor, como la suspensión de pagos y embargos.
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Documentación para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad
Para iniciar el procedimiento es necesario recopilar determinada documentación personal, económica y relacionada con las deudas. Aunque puede parecer complejo, te ayudamos a conseguir todos los documentos necesarios.
De forma general, será necesario aportar:
- Memoria económica de lo ocurrido y como llegaste a la situación de insolvencia.
- Lista de acreedores, con fecha préstamo, motivo, importe y deuda pendiente.
- Presupuesto familiar de ingresos y gastos.
- Extractos bancarios de los últimos 12 meses.
- Información sobre procedimientos judiciales abiertos
- Certificados y documentos oficiales: Empadronamiento familiar, matrimonio, antecedentes penales, vida laboral, Declaración renta últimos 3 ejercicio, certificado pensión o desempleo, informe CIRBE, …
Todos estos certificados y documentos oficiales, te los podemos conseguir nosotros, sin coste alguno (requiere autorización), o puedes descargarlos tu con el certificado digital en la Carpeta Ciudadana (Web oficial de la Agencia Estatal de Administración Digital).
En cualquier caso, te ayudamos durante todo el proceso para facilitar su recopilación. Los Juzgado exigen que toda la documentación se presente en formato PDF e identificando cada archivo correctamente, y el listado de acreedores en una tabla en formato Word.
Otros enlaces para descargar certificados:
- Certificado de antecedentes penales, Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
- Informe de vida laboral, Solicitud en Seguridad Social.
- Certificado Agencia Tributaria, en la AEAT.
- Informe CIRBE del Banco de España.
Requisitos para conseguir la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI)
Una vez finalizado el procedimiento concursal, el deudor puede solicitar la exoneración de las deudas pendientes. Para ello, debe cumplir determinados requisitos legales:
- Haber actuado de buena fe y no ser culpable del concurso.
- Haber satisfecho los créditos contra la masa generados durante el procedimiento.
- Haber abonado los créditos privilegiados (como hipoteca, pensiones de alimentos o salarios).
- No haber obtenido una exoneración en los últimos 5 años.
- No haber rechazado ofertas de empleo acordes a su capacidad profesional en los 4 años anteriores.
¿Qué ocurre después de la exoneración?
Cuando el juez dicta el auto de exoneración, las deudas declaradas exonerables quedan canceladas de forma definitiva y los acreedores no pueden volver a reclamarlas.
Además, deben actualizarse los registros de morosidad eliminando las anotaciones relacionadas con dichas deudas. Desde ese momento comienza una nueva etapa financiera sin las cargas del pasado.
Si quieres conocer con más detalle qué ocurre tras la exoneración, puedes consultar nuestra guía completa sobre qué pasa después de la Ley de Segunda Oportunidad.
Cancelación de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas físicas cancelar total o parcialmente sus deudas cuando se encuentran en situación de insolvencia. Al finalizar el procedimiento concursal, el deudor puede obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), que supone la cancelación definitiva de las deudas que sean legalmente exonerables.
Deudas que no pueden cancelarse
Existen determinadas obligaciones que, con carácter general, no pueden ser exoneradas:
- Deudas por alimentos.
- Responsabilidad civil extracontractual.
- Sanciones administrativas o penales.
- Parte de las deudas con Hacienda y Seguridad Social según los límites legales establecidos.
En estos casos, la exoneración puede ser total o parcial conforme a la normativa vigente.
Deudas que pueden cancelarse
La mayoría de deudas derivadas de préstamos, tarjetas o créditos personales son exonerables. Desde el inicio del procedimiento:
- Se paralizan los embargos en curso.
- Se suspenden los intereses.
- Se dejan de pagar las cuotas mensuales.
La vivienda habitual en la Ley de Segunda Oportunidad
La posibilidad de mantener la vivienda depende de cada caso concreto y de factores como el valor del inmueble, la deuda hipotecaria o la situación económica del deudor. En algunos casos puede ser necesario liquidarla para cancelar las deudas, mientras que en otros es posible conservarla mediante un plan de pagos aprobado judicialmente.
Puedes ampliar información sobre cómo afecta el procedimiento a la vivienda habitual en nuestra guía específica.
¿Es el concurso una solución definitiva?
La resolución judicial de exoneración es firme y vinculante para los acreedores. Las deudas declaradas exonerables quedan canceladas de forma definitiva y no pueden volver a reclamarse.
No obstante, la ley prevé supuestos excepcionales de revisión si se produce una mejora sustancial de la situación económica del deudor en los años posteriores.
Si tienes más dudas sobre el procedimiento, puedes consultar nuestras preguntas frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad.
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Asesority es un despacho jurídico online especializado en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad en toda España. Desde 2016 ayudamos a particulares y autónomos a cancelar sus deudas mediante procedimientos adaptados a cada situación.
Cada caso requiere un análisis individual de ingresos, gastos, bienes y deudas para determinar la viabilidad y definir la mejor estrategia jurídica.
También es posible solicitar la Ley de segunda oportunidad gratis mediante abogado de oficio, aunque los requisitos son más restrictivos y los plazos suelen ser mayores. Si buscas una alternativa ágil y un acompañamiento especializado durante todo el proceso, puedes consultarnos tu caso de forma gratuita.
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