
Publicado 29/10/26
Escrito y verificado por: David Alfaya Massó
La información de los concursos de acreedores es pública y gratuita. Puedes consultarla en dos sitios oficiales: el Registro Público Concursal, buscando por NIF, nombre o número de procedimiento, y el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) del BOE, donde se publican los edictos de los juzgados. No hace falta certificado digital ni registrarse.
Quizá has pagado por adelantado un tratamiento dental, un curso o una reforma y la empresa ha cerrado de repente. O te debe dinero una sociedad de la que ya no sabes nada. O eres tú quien se ha acogido a la Ley de Segunda Oportunidad y quieres saber qué aparece publicado sobre ti.
En los tres casos la respuesta está en los mismos dos portales. En esta guía te explicamos qué es cada uno, cómo buscar paso a paso y qué hacer con lo que encuentres.
En resumen, para saber si alguien está en concurso:
- Registro Público Concursal: publicidadconcursal.es. Buscas por NIF, nombre o razón social, provincia, número de procedimiento o NIG.
- Tablón Edictal Judicial Único (TEJU): boe.es/buscar/edictos_judiciales.php. Filtras por tipo de procedimiento «Concursal», texto libre, juzgado y fechas. Solo muestra los últimos 4 meses.
- Coste: gratis y sin identificarte.
- Si eres acreedor: Lo importante es el auto de declaración de concurso. Desde su publicación en el BOE tienes un plazo para comunicar tu crédito al administrador concursal.
¿Qué es el Registro Público Concursal?
El Registro Público Concursal (RPC) es el portal oficial donde se publican las resoluciones de los concursos de acreedores de toda España: tanto los de empresas como los de personas físicas (autónomos y particulares que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad). Lo gestiona el Colegio de Registradores y está regulado por el Real Decreto 892/2013 y por el Texto Refundido de la Ley Concursal.
Su objetivo es que cualquier acreedor pueda enterarse de que su deudor ha entrado en concurso y defender sus derechos a tiempo.
Las tres secciones del Registro Público Concursal
Al entrar en el buscador verás que tienes que elegir una sección:
| Sección | Qué contiene | Cuándo te interesa |
|---|---|---|
| Sección I – Edictos concursales | Las resoluciones que el juzgado ordena publicar: declaración de concurso, nombramiento del administrador concursal, apertura de la liquidación, conclusión, exoneración… | Casi siempre. Es la que debes consultar primero. |
| Sección II – Publicidad registral | Resoluciones inscritas en los registros de la Propiedad, Mercantil o de Bienes Muebles relacionadas con el concurso. | Si te interesa saber si hay bienes afectados o inhabilitaciones de administradores. |
| Sección III – Acuerdos extrajudiciales | Las negociaciones con acreedores y los acuerdos previos al concurso. | Si sospechas que la empresa está negociando con sus acreedores, pero aún no ha entrado en concurso. |
Importante: el propio portal advierte de que no es un registro de morosos ni prejuzga la insolvencia. Además, solo puede usarse para los fines previstos en la ley concursal. No sirve, por ejemplo, para hacer listas comerciales de empresas en crisis.
Registro Público Concursal y publicidad concursal: ¿es lo mismo?
Sí. «Publicidad concursal» es el nombre del dominio (publicidadconcursal.es) y de la función del registro: dar publicidad a los concursos. Cuando alguien busca «publicidad concursal», «consulta concursal» o «registro concursal público», se refiere al mismo portal.
Cómo consultar el Registro Público Concursal paso a paso
Paso 1. Entra en el buscador
Ve a publicidadconcursal.es/consulta-publicidad-concursal-new. No tienes que identificarte.
No se puede acceder desde dispositivos móviles, sólo está optimizado para pantallas de escritorio.
Paso 2. Elige la sección
Marca «SECCIÓN I – Edictos Concursales». Es donde aparece la declaración de concurso y el resto de resoluciones importantes.
Paso 3. Rellena los datos que conozcas
El formulario te permite buscar por:
- Tipo de identificación y documento identificativo: NIF (CIF de la empresa o DNI/NIE de la persona), pasaporte u otros. Es la forma más fiable de buscar, porque evita confusiones con nombres parecidos.
- Nombre o denominación social: útil si no tienes el NIF. Escribe la razón social tal como aparece en tus facturas o contrato (por ejemplo, «Clínicas Ejemplo, S.L.»).
- Provincia de la oficina judicial competente: la provincia del juzgado que lleva el concurso, normalmente la del domicilio de la empresa o del deudor.
- Nº de expediente o procedimiento: con el formato número/año (por ejemplo, 0001234/2026).
- NIG: el código de 19 caracteres que identifica el asunto en el juzgado.
Truco: el NIF de una empresa aparece en cualquier factura, ticket o contrato que te haya dado. Si no lo tienes, búscalo por su nombre en el BORME o en el pie de su página web (aviso legal).
Paso 4. Pulsa «Buscar» y revisa los resultados
Verás una lista de publicaciones con la fecha, el juzgado y el tipo de resolución. Puedes abrir cada una para leer el edicto completo y descargar los resultados.
Si el portal te avisa de que existe más información que cumple las condiciones de búsqueda, afina con el NIF o la provincia.
Paso 5. Busca también por fecha (opcional)
En «Búsqueda por día» puedes ver todo lo publicado en una fecha concreta. Es útil para quien sigue de cerca un sector, pero para comprobar una empresa concreta es más rápido buscar por NIF.
¿Y si no aparece nada?
Puede deberse a que:
- La empresa no está en concurso. Puede estar cerrada de hecho sin haber pedido el concurso, algo muy habitual (lo vemos más abajo).
- Los datos se han retirado porque ya pasó el plazo de conservación previsto en el artículo 6 del Real Decreto 892/2013.
- Has escrito el nombre de otra forma. Prueba con el NIF o con variantes (con y sin «S.L.», con y sin tildes).
- El concurso se ha declarado hace muy pocos días y aún no se ha publicado. Vuelve a mirar en una o dos semanas, o revisa el TEJU del BOE.
Cómo buscar concursos en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) del BOE
Qué es el TEJU
El Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) es el tablón oficial donde los juzgados de toda España publican sus edictos, es decir, las comunicaciones dirigidas a personas que no pueden ser localizadas o que la ley obliga a hacer públicas. Se publica como un suplemento del BOE y funciona desde el 1 de junio de 2021.
En materia concursal, la ley obliga a publicar en el BOE el extracto del auto de declaración de concurso. Esa publicación es la que suele marcar el inicio de los plazos para los acreedores, así que el TEJU es una fuente complementaria muy útil.
Paso a paso para consultar los edictos judiciales en el BOE
- Entra en boe.es/buscar/edictos_judiciales.php.
- En «Tipo de procedimiento», selecciona «Concursal».
- En «Texto libre», escribe el nombre de la empresa o su NIF.
- Si lo sabes, indica el órgano judicial (por ejemplo, «Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra»).
- Ajusta las fechas de publicación y pulsa Buscar.
Limitación clave: el buscador del TEJU solo muestra los edictos de los últimos 4 meses. Si el concurso es anterior, búscalo en el Registro Público Concursal.
Recibe un aviso si se publica un edicto con tu NIF
Desde Mi BOE, identificándote electrónicamente, puedes activar una alerta para recibir un correo cuando se publique un edicto que incluya tu NIF, y consultar el histórico de edictos que te mencionan. Es muy recomendable si tienes deudas en reclamación: así te enteras si un juzgado te ha intentado notificar algo por edictos.
Registro Público Concursal o TEJU: ¿cuál usar?
| Registro Público Concursal | TEJU (BOE) | |
|---|---|---|
| Qué publica | Solo asuntos concursales | Edictos de todos los órdenes (civil, penal, social, concursal…) |
| Cómo buscar | NIF, nombre, provincia, nº procedimiento, NIG | Texto libre, juzgado, tipo de procedimiento, fechas |
| Antigüedad | Histórico (hasta que se cancelan los datos) | Últimos 4 meses en el buscador |
| Alertas | No | Sí, por NIF, con Mi BOE |
| Mejor para | Comprobar si una empresa o persona está o ha estado en concurso | Enterarte rápido de concursos recientes y de edictos dirigidos a ti |
En la práctica: empieza por el Registro Público Concursal buscando por NIF. Si el concurso es reciente o quieres confirmar la fecha de publicación en el BOE, compruébalo en el TEJU.
Cómo saber si una empresa está en concurso de acreedores (y qué hacer si te debe dinero)
Señales de alarma
- Ha dejado de prestar el servicio sin explicación (clínica dental, academia, gimnasio, agencia de viajes, constructora…).
- No responde al teléfono ni al correo y su local está cerrado.
- Sigue cobrándote cuotas de una financiación aunque ya no te da el servicio.
En cuanto detectes algo así, busca su NIF en el Registro Público Concursal. Cuanto antes lo sepas, mejor.
Si está en concurso: comunica tu crédito al administrador concursal
En el edicto de declaración de concurso aparecen el juzgado, el número de procedimiento y los datos del administrador concursal, con su dirección de correo electrónico.
Como acreedor (también si eres un consumidor al que le deben un servicio pagado por adelantado o una devolución), tienes que comunicar tu crédito al administrador concursal dentro del plazo legal, que se cuenta desde la publicación del auto en el BOE.
En la comunicación indica:
- Tus datos y los del concurso (juzgado y número de procedimiento).
- Cuánto te deben y por qué concepto.
- Los documentos que lo acreditan (contrato, facturas, justificantes de pago).
Si no comunicas tu crédito a tiempo, puede quedar mal clasificado o incluso fuera de la lista de acreedores.
¿Se puede demandar a una empresa en concurso de acreedores?
Con limitaciones. Una vez declarado el concurso, no se pueden iniciar nuevas ejecuciones ni embargos individuales contra los bienes de la empresa: todo se reclama dentro del concurso. Por eso lo primero es comunicar el crédito, no presentar una demanda por tu cuenta.
Si pagaste con un préstamo o una financiación: Puedes dejar de pagar al banco
Este es el caso que más vemos en Asesority. Muchas clínicas, academias o centros de estética ofrecían financiar el tratamiento con una financiera. Si la empresa ha cerrado y no te ha prestado el servicio, la financiera no puede seguir cobrándote como si nada: se trata de un contrato de crédito vinculado y puedes oponer frente al prestamista el incumplimiento del vendedor.
Si estás en esta situación, cuéntanos tu caso y lo estudiamos.
Si la empresa ha cerrado pero no está en concurso
Ocurre mucha veces, la empresa deja de operar sin pedir el concurso. En ese caso no aparecerá en el Registro Público Concursal. Puedes:
- Revisar en el BORME si la sociedad se ha disuelto o ha cambiado de administradores.
- Reclamar judicialmente la deuda a la sociedad.
- Valorar si existe responsabilidad de los administradores por no haber pedido el concurso a tiempo.
Si estás en un procedimiento de Segunda Oportunidad: Qué se publica sobre ti
Cuando un particular o un autónomo se acoge a la Ley de Segunda Oportunidad, su procedimiento es un concurso de acreedores de persona física. Por eso se publica en el Registro Público Concursal y en el BOE, igual que el de una empresa.
Qué puedes ver
Si buscas tu DNI en la Sección I – Edictos concursales, normalmente encontrarás:
- El auto de declaración de concurso (y, si es un concurso sin masa, la resolución correspondiente).
- El nombramiento del administrador concursal, si se ha nombrado.
- El auto de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), cuando el juez te libera de tus deudas.
- La conclusión del concurso.
Es una forma sencilla de comprobar en qué punto está tu procedimiento. Para el detalle completo, consulta también el estado de tu procedimiento en Carpeta Justicia.
¿Esto me afecta para pedir un préstamo?
El Registro Público Concursal no es un fichero de morosos como ASNEF o Experian, pero es público, y las entidades financieras pueden consultarlo. Lo que de verdad determina si puedes volver a pedir financiación es que tus deudas hayan quedado exoneradas y que salgas de los ficheros de morosos. Te lo explicamos en cómo pedir un préstamo después de la Ley de Segunda Oportunidad.
Cómo salir del Registro Público Concursal
Los datos no se conservan para siempre, el Real Decreto 892/2013 prevé su cancelación cuando se cumplen los plazos y requisitos de su artículo 6. Una vez obtenida la exoneración y concluido el concurso, puedes solicitar expresamente la cancelación de tus datos si ya ha transcurrido el plazo y siguen apareciendo.
Preguntas frecuentes sobre el Registro Público Concursal
¿Es gratis consultar el Registro Público Concursal?
Sí. La consulta en publicidadconcursal.es es gratuita y no necesitas registrarte ni identificarte.
¿Puedo buscar a una persona física en el Registro Público Concursal?
Sí. Los concursos de personas físicas, incluidos los de la Ley de Segunda Oportunidad, se publican igual que los de empresas. Puedes buscar por DNI/NIE o por nombre y apellidos.
¿Dónde se publica el concurso de acreedores en el BOE?
En el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), un suplemento del BOE. Se consulta en boe.es/buscar/edictos_judiciales.php, seleccionando «Concursal» como tipo de procedimiento.
¿Por qué no encuentro un concurso en el TEJU?
Porque el buscador de edictos del BOE solo muestra los publicados en los últimos 4 meses. Para concursos anteriores, usa el Registro Público Concursal.
¿Existe un listado oficial de empresas en concurso de acreedores?
No hay un «listado» descargable como tal, pero en el Registro Público Concursal puedes buscar por día de publicación y descargar los resultados, y en el TEJU puedes filtrar todos los edictos concursales de un periodo.
¿Qué diferencia hay entre el Registro Público Concursal y el BORME?
El BORME publica los actos de las sociedades mercantiles (constitución, cambios de administradores, disolución…). El Registro Público Concursal publica solo lo relacionado con concursos de acreedores, y también incluye a personas físicas.
Soy cliente de una empresa en concurso de acreedores, ¿qué hago?
Busca el edicto de declaración de concurso, localiza al administrador concursal y comunícale tu crédito dentro de plazo. Si pagaste con financiación, revisa si puedes dejar de pagar a la financiera por tratarse de un crédito vinculado.
¿Aparecer en el Registro Público Concursal es como estar en ASNEF?
No. ASNEF es un fichero privado de morosidad que consultan los bancos para conceder créditos. El Registro Público Concursal es un registro oficial cuyo fin es informar a los acreedores; el propio registro advierte de que no es un registro de morosos.
La información sobre concursos de acreedores es pública y está al alcance de cualquiera: busca por NIF en el Registro Público Concursal y comprueba los concursos recientes en el TEJU del BOE. Si una empresa te debe dinero, actúa rápido para no perder el plazo. Y si eres tú quien necesita empezar de cero, la Ley de Segunda Oportunidad existe precisamente para eso.
¿Tienes deudas que no puedes pagar? Te decimos gratis si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad →
Fuentes
- Registro Público Concursal – Búsqueda de publicaciones (Colegio de Registradores)
- Tablón Edictal Judicial Único – Buscador de edictos judiciales (BOE)
- Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal.
- Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, Texto Refundido de la Ley Concursal, reformado por la Ley 16/2022.

Escrito por David Alfaya Massó
Abogado, CEO & Fundador de Asesority
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