
Publicado 02/08/23 – Actualizado 06/07/24
Escrito y verificado por: David Alfaya Massó (Fact check)
Las sentencias de phishing bancario son cada vez más claras: Los bancos tienen responsabilidad con sus clientes y deben devolver las cantidades sustraídas a través de estas estafas online donde se produce una suplantación de identidad.
¿Todavía no sabes que es el phishing? consúltalo aquí.
Los jueces se ponen de parte de las víctimas y condenan a los bancos sin pensárselo dos veces. Es el caso de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra – Sección 6 Vigo, de fecha 7 de abril de 2021, donde se condena a ABANCA a devolver 19.632 euros, importe de la transferencia fraudulenta, con los intereses legales desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial, imponiendo las costas de esta alzada.
Casos de éxito y sentencias de phishing favorables
En Asesority llevamos años reclamando a los bancos y hemos conseguido recuperar miles de euros que han estafado a nuestros clientes haciéndose pasar por bancos o otras plataformas como Booking, Wallapop o Microsoft.
Si has sido víctima de phishing sólo tienes una forma de recuperar el dinero y es reclamando al banco. En Asesority te lo ponemos muy fácil: El proceso es totalmente online y sin pagar nada por adelantado, sólo cobramos en caso de éxito. Puedes consultar tu caso de forma totalmente gratuita, sin comprometerte a nada.
A continuación os dejamos algunos de los casos de éxito y sentencias de phishing que hemos ganado en 2023.
Sentencia 128/2023 Juzgado de 1ª Instancia, nº5, Ferrol: BBVA condenado a devolver 2.120€
La demandante recibió un mensaje de texto en su teléfono, mensaje que estaba incluido dentro de la línea de conversación que mantiene con BBVA, por lo que no sospechó inicialmente del fraude que estaba sufriendo. En dicho mensaje se le comunicaba la aceptación de una operación que presuntamente había realizado y se añadía un enlace web. Una vez dentro, introdujo su nombre de usuario y contraseña.
En una de sus tarjetas se realizaron dos cargos fraudulentos de 500 y 460 euros, y en la otra tarjeta acabada se realizaron tres cargos fraudulentos de 490, 490 y 180 euros. El importe total defraudado asciende a 2.120 euros.
El Juzgado condena a la entidad demandada a pagar a la actora la suma de 2.120 euros, más los intereses legales desde la fecha de presentación de la primera reclamación extrajudicial frente al banco. Se entiende, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento Delegado 2018/389 que la entidad demandada, como proveedora del servicio está obligada a adoptar una serie de medidas de seguridad y dotarse de mecanismos de supervisión que permitieran detectar operaciones fraudulentas en la prestación de servicios de pago.
Sentencia 52/2023 del Juzgado de 1ª Instancia, nº1, Sant Feliu de Guíxols: a CAIXABANK condenado a devolver 1.612,64€
El día 30 de diciembre de 2021 el demandante recibió una llamada de “CAIXABANK S.A”, donde le indicaban que acababa de hacer una compra por 920€. El actor no reconoce esa operación, entonces su interlocutora le indica que no se preocupe, que debe eliminar la aplicación para evitar problemas, y que accederían ellos a su cuenta para cancelar el cargo.
Días más tarde, el demandante recibe una llamada correspondiente al departamento informático de Caixabank. Le preguntan si ha modificado los datos de su cuenta, y le informan de varios movimientos realizados en su cuenta bancaria pudieran ser fraudulentos.
Como consecuencia de estas actuaciones, el defraudador había accedido a su cuenta y modificado todos los datos personales y además se había creado a su nombre. Desde ese número de cuenta se habían realizado hasta 10 operaciones por importe de 1.612,64 euros.
El Juzgado condena a CAIXABANK a:
- Satisfacer los cantidades indebidamente cargados a la cuenta del demandante.
- Bloquear la cuenta nueva cuenta creada.
- Bloquear, todos los cargos de dudosa procedencia.
El juez afirma que la entidad financiera no cumplió con los deberes de seguridad frente a los riesgos concretos que podrían derivarse del funcionamiento de su plataforma de banca digital. En consecuencia, es la prestadora de los servicios de pago quien tiene la obligación de facilitar un sistema de banca telemática segura, y no son sus clientes los que deben prevenir ni averiguar los riesgos que el sistema conlleva.
Sentencia 289/2023 del Juzgado de 1ª Instancia nº6 de Móstoles: BBVA Condenado a devolver 1.550€
El actor recibió varios mensajes de texto en su teléfono móvil, mensajes que estaban incluidos dentro de la conversación que mantiene con BBVA. En dichos SMS se indicaba que había realizado una compra de 1.550 euros, así como diferentes claves para poder modificar las contraseñas de acceso a la cuenta bancaria del actor.
Poco después, el actor recibió un mensaje de aviso desde la aplicación móvil de BBVA donde se le informaba que se había iniciado sesión desde un nuevo dispositivo no reconocido. Inmediatamente, accedió a su banca electrónica y pudo comprobar que se había producido un movimiento de 1.550 euros.
El Juzgado condena a BBVA a abonar al actor la cantidad de 1.550 euros, más el interés legal.
Por entender que en estos casos resulta de aplicación el Real Decreto-Ley 19/18, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, cuyo artículo 41 establece que el usuario de los medios de pago tiene la obligación de adoptar “todas las medidas razonables a fin de proteger sus credenciales de seguridad personalizadas”.
Recuperar dinero por phishing
Las sentencias de phishing son una prueba de la viabilidad y éxito de reclamar este tipo de estafas de suplantación de identidad. Acudir a los juzgados es la mejor forma para recuperar el dinero que te han quitado fraudulentamente de tu cuenta bancaria.
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