Publicado 02/10/21 – Actualizado 29/07/24
Escrito y verificado por: David Alfaya Massó (Fact check)
Intereses de hasta 24.000% TAE: Sentencia usura Préstamo10 (P10 Finance)
Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de L’Hospitalet de Llobregat ha declarado nulos los intereses de varios microcréditos que se contrataron entre 2016 y 2018, con un tipo de interés TAE de entre el 2.830,78% TAE y el 24.867,95% TAE, cuando lo normal en aquellos años era un 8,5% TAE.
Es un claro caso de usura y de reclamar intereses abusivos microcréditos, para anular el contrato y recuperar los intereses pagados, ya que sólo hay que devolver el dinero recibido sin intereses.
Usura en los microcréditos de Préstamo10
No te preocupes si no sabes qué es la usura, en este post te lo explicamos. Consiste en una práctica llevada a cabo por las entidades de crédito mediante la que aplican intereses exageradamente altos a personas que toman prestado dinero a causa de una situación urgente y angustiosa, por su inexperiencia o por lo limitado de sus facultades mentales.
Por ejemplo, se consideraría usura, si pedimos un micro crédito de 90€ y nos aplican un tipo de interés TAE del 2.000%. Podemos entender que si alguien acepta unos intereses tan altos es porque existe una situación límite de necesidad vital, o simplemente porque desconoce el interés que le van a aplicar.
La lucha contra la Usura
Como respuesta a estas prácticas tan desagradables, en el año 1908 se promulgó la Ley de Represión de la Usura, que sigue vigente a día de hoy. En dicha Ley se dice que lo contratos de préstamo que apliquen intereses desorbitados y los desproporcionados a los normales del dinero será considerados nulos. Esto quiere decir que el contrato será considerado inválido y dejará de tener efectos. Además, se retrotraerá al momento de su celebración, es decir, cómo si nunca hubiese existido. El Tribunal Supremo también se pronunció sobre esto en varias de sus sentencias, la más importante la sentencia 4 de marzo de 2020.
El interés no es normal según las tablas del Banco de España
Para saber si los intereses que se aplicaron en el préstamo pueden considerarse usurarios no se tiene en cuenta el tipo de interés legal del dinero, que es el tipo de interés que se toma como referencia en los préstamos en los que no hay un acuerdo previo sobre la materia entre deudor y acreedor, es decir, entre quien presta y entre quien recibe el dinero. En cambio, hay que tener en cuenta el interés normal o habitual, es decir, debe aplicarse el tipo de interés que apliquen normalmente las entidades de crédito junto con las circunstancias concretas de cada caso.
Para poder tener claro cuál es el tipo normal del dinero, el Banco de España publica estadísticas sobre lo que se considera “interés normal” teniendo en cuenta la información que le proporcionan mensualmente las entidades de crédito sobre los tipos de intereses que aplican.
Teniendo esto en cuenta, en la sentencia usura Préstamo10 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de L’Hospitalet de Llobregat, la parte demandante aportó los boletines estadísticos del Banco de España, correspondiente a las fechas de contratación, siendo el más elevado del 8,82%.
Conclusión sentencia usura Préstamo10 Juzgado de L’Hospitalet de Llobregat
Como hemos mencionado al principio, el porcentaje de intereses en este caso superan la TAE de 24.000%, lo que es una barbaridad. La cantidad que se prestó fue de 1.230€, y la cantidad que se devolvió fue de 1.601,36€. El contrato de préstamo se declaró nulo por usura, lo que implica que P10 Finance (Préstamo 10) debe devolver 371,36€ al demandante. También se condenó en costas a la entidad.
Lo importante de la sentencia es la nulidad por un usura de un microcrédito, cuando es más habitual este tipo de sentencia de usura en tarjeta revolving. Además de lo llamativo que es el haber aplicado intereses al préstamo tan elevados de hasta un 24.000 % TAE.