Concurso sin masa
¿Cómo cerrar una empresa con deudas sin bienes?
Con el concurso sin masa las empresas que no pueden hacer frente a sus obligaciones y no tienen bienes, podrán disolver la sociedad sin pagar sus deudas.
El concurso sin masa, sustituye al desaparecido concurso exprés.

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¿Qué es el concurso sin masa?
El concurso sin masa es la modalidad de concurso de acreedores, para empresa en situación de insolvencia, sin bienes y con deudas que hacen inviable su continuidad. Se regulada en los artículos 37 bis y siguientes de la reforma de la Ley Concursal del 2022, que entra en vigor el 26 de septiembre.
Este procedimiento está diseñado especialmente para comercios y pequeñas empresas en situación de insolvencia, que no pueden pagar sus deudas, y no les queda más remedio que cerrar. Es entonces el momento de pensar en cómo hacerlo de la forma más rápida posible, menos costosa y sin quedarse con las deudas.
Con el nuevo concurso de acreedores sin masa (antes concurso express), que regula la Ley Concursal (Reforma 2022), las sociedades mercantiles en situación de insolvencia, pueden cesar su actividad y disolverse aun teniendo deudas con acreedores, siempre que cumplan unos requisitos.
¿Cuáles son los beneficios del concurso sin masa?
El concurso sin masa es un procedimiento más sencillo y rápido que un concurso de acreedores ordinario, que dura menos tiempo y menos costoso. Y permite cerrar y disolver la empresa teniendo deudas pendientes, evitando las demandas de acreedores, gestiones de recobro de deudas y situación de morosidad, pudiendo empezar de nuevo desde cero.
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¿Cuáles son los requisitos del concurso de acreedores sin masa?
Para solicitar el concurso de acreedores express se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que el concursado carezca de bienes y derechos que sean legalmente embargables.
- Que el coste de realización de los bienes y derechos del concursado fuera manifiestamente desproporcionado respecto al previsible valor venal.
- Si los bienes y derechos del concursado libres de cargas fueran de valor inferior al previsible coste del procedimiento.
- Cuando los gravámenes y las cargas existentes sobre los bienes y derechos del concursado lo sean por importe superior al valor de mercado de esos bienes y derechos.
¿Cómo es el procedimiento del concurso sin masa?
1. El procedimiento se inicia con la solicitud del concurso de acreedores, al Juzgado de lo Mercantil de la localidad de la empresa.
2. Tras la solicitud de declaración de concurso, el juez dictará auto declarando el concurso de acreedores, ordenando la remisión telemática al BOE para su publicación en el Registro público concursal.
3. Llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa o para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, y que pudieras ser calificados de culpable.
4. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho conforme a la Ley de segunda oportunidad.
5. Si lo solicitan el 5% de los acreedores, el juez, mediante auto, procederá al nombramiento de administrador concursal, para que, en el plazo de un mes a contar desde la aceptación, emita el informe solicitado. En el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.
6. El deudor deberá facilitar de inmediato toda la información que le sea requerida por el administrador concursal para la elaboración del informe a que se refiere el artículo anterior.
7. Si en el informe el administrador concursal apreciara la existencia de los indicios a que se refiere el artículo 37 ter, el juez dictará auto complementario con los demás pronunciamientos de la declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación de la masa activa, continuando el procedimiento conforme a lo establecido en la Ley concursal.
8. El administrador concursal deberá ejercitar las acciones rescisorias y las acciones sociales de responsabilidad antes de que transcurran dos meses a contar desde la presentación del informe a que se refiere el artículo anterior.
¿Qué documentación se necesita para el concurso sin masa?
Es necesario acompañar a la solicitud del concurso sin masa, antes llamado concurso expres, la siguiente documentación:
- Memoria explicativa de la situación de la empresa.
- Inventario de bienes y derechos.
- Relación de acreedores.
- Cuentas anuales de los últimos ejercicios.
- Memoria de los cambios significativos en el patrimonio.
- Memoria de las operaciones realizadas tras la presentación de las últimas cuentas anuales.
¿Cuál es el precio de un concurso sin masa?
El precio de la solicitud y tramitación de un concurso de acreedores sin masa, incluyendo honorarios de abogado y procurador es de:
- Deudas empresa hasta 100.000 €: 1.900 € + iva (con opción de pago en cuotas mensuales de 190 € + iva)
- Deuda superiores a 100.000 €: 2.900 € + iva (con opción de pago en cuotas mensuales de 290 € + iva)
No incluye los honorarios de la fase de liquidación, ni la pieza de calificación, en caso de que el juez decidiera su apertura mediante auto complementario, ya que se tramitaría como un concurso de acreedores ordinario.
Además, si los acreedores lo solicitan se nombrará a un administrador concursal para emitir un informe y podría tenerse que pagar sus honorarios, que fijará el juez del concurso.
Es imprescindible tener la contabilidad al día, justificar contablemente la falta de bienes y las deudas con los acreedores.
Asesority tramita el concurso sin masa en toda España, de forma 100% online y presentando la solicitud en el Juzgado de lo Mercantil que corresponda al domicilio de la empresa.