Asesority abogados especialistas en reclamar intereses abusivos de microcréditos, consigue que se declare la nulidad de cincuenta contratos al entender que hay usura microcréditos Dineo, suscritos entre una consumidora y la entidad Dineo Crédito SL, por ser préstamos usurarios.

Condena a Dineo Crédito SL por los intereses aplicados
La sentencia del 5 de noviembre de 2021, del Juzgado de Primera Instancia de Alcorcón condenó a Dineo Crédito SL por los intereses aplicados en su contratos, a:
- Devolver a una consumidora lo abonado excedido del capital prestado.
- Devolver la cantidad a determinar en ejecución de sentencia.
- Devolver los intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial, así como los intereses desde la fecha de la sentencia.
- Pagar las costas del procedimiento.
Si eres uno de los afectados de los préstamos DINEO, puedes reclamar a DINEO para conseguir la nulidad de los intereses.
Usura microcréditos Dineo en 50 contratos
Entre los años 2016 y 2018, una consumidora efectúa la contratación de 50 préstamos con la entidad Dineo Créditos en los que dicha entidad establece unilateralmente el modo de amortización, el interés y las comisiones, sin negociación, y sin entrega de las condiciones.
El producto se ofertó en la página web de Dineo Créditos como un producto muy beneficioso con una TAE del 0%, pero se omitió que a partir del segundo préstamo la TAE era de 5.000%. Nunca se entregaron las condiciones generales ni de forma previa ni posteriormente a la contratación, y no consta firma en ningún contrato.
El interés usurario de Dineo comparado con las tablas del Banco de España
Para determinar si el interés es notablemente superior al normal del dinero hay que tomar en consideración la tasa anual equivalente (TAE) y de compararlo, no con el interés legal del dinero, sino con el interés “normal o habitual”, en concurrencia con las circunstancias del caso.
Para establecer lo que se considera «interés normal» puede acudirse a las estadísticas que publica el Banco de España, tomando como base la información que mensualmente tienen que facilitarle las entidades de crédito sobre los tipos de interés que aplican a diversas modalidades de operaciones.
Para que el préstamo pueda ser considerado usurario es necesario que, además de ser notablemente superior al normal del dinero, el interés estipulado sea manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Los tipos de interés aplicados en la categoría genérica de operaciones de crédito al consumo, puede observarse que durante los meses del año 2016 el tipo más alto de TAE fue el 8,99%, 9,02% en el 2017 y 8,52% en 2018 y en el mercado específico de tarjetas revolving en el año 2018, el tipo más alto fue de 20,83%. Por tanto, puede afirmarse que aun teniendo en cuenta los tipos más elevados de estos años, el TAE de los cincuenta contratos aportados, a excepción del primero aportado, cuya TAE es 0%, superan con creces estos tipos máximos lo que se considera un interés notablemente superior al normal del dinero.
Así, en el contrato de 1 de abril de 2016 la TAE es 3.564,42%; en el de 19 de mayo de 2016 es de 4.862 %; en el de 2 de junio de 2016 de 5.171% en el de 7 de junio de 2016, 5.894%; en el de 14 de junio de 2016, 3.751%; en el de 18 de junio de 2016 del 3.751% y así sucesivamente con tipos de intereses que rondan los expuestos o superiores, nunca inferiores hasta el de 1 de marzo de 2018 en el que la TAE es de 3.752%.
Infracción Ley represión de la usura, considerando usurario el crédito revolving.
Por tanto, en esta sentencia de usura microcréditos Dineo, se estima que se ha producido una infracción del art. 1 de la Ley de Represión de la Usura y, considerándose usurario el crédito «revolving» en el que se estipuló un interés notablemente superior al normal del dinero en las fechas en que fueron concertados los cincuenta y contrato de micropréstamos, a excepción del primero cuya TAE es 0%, sin que concurra ninguna circunstancia jurídicamente atendible que justifique un interés tan notablemente elevado, procede declarar la nulidad de los contratos.
El fallo de la sentencia contra Dineo
«Que ESTIMANDO SUSTANCIALMENTE la demanda,… frente a Dineo Crédito S.L. debo declarar la nulidad de los cincuenta contratos celebrados, a excepción del primero contratado el 11 de marzo de 2016 por ser un crédito usurario, y debo condenar y condeno a Dineo Crédito S.L. a devolver a lo abonado que exceda del capital prestado, cantidad a determinar en ejecución de sentencia, y los intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial, así como los intereses del artículo 576 desde la fecha de esta sentencia. Con expresa condena en costas a la parte demandada.»