Reclamar comisiones bancarias

¿Quieres recuperar las comisiones que te cobró el banco?

Es posible que tu banco te este cobrando indebidamente una comisión de mantenimiento de cuenta, comisión por transferencias, u otra comisión.

Puedes reclamar y recuperar tu dinero

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¿Qué es la comisión de mantenimiento de cuenta bancaria?

La comisión de mantenimiento de cuenta bancaria es el importe que cobran algunos bancos por el simple hecho de tener una cuenta bancaria abierta.

El problema se presenta cuando no informan de la existencia de esta comisión o cuando varían las condiciones sin avisar correctamente, y empiezan a cobrar una comisión de mantenimiento.

Para evitar pagar la comisión, suelen ofrecer una bonificación de esa comisión, exigiendo al cliente que contrate más servicios, como puede ser domiciliación de nómina o ingresos, recibos domiciliados, contratación de algún seguro, préstamo o plan de pensiones.

Hay que tener mucho cuidado, ya que nos ofrecen seguros de todo tipo: vivienda, coche, salud, a precio superiores a los del mercado, con la excusa de no cobrar o bonificar la comisión de mantenimiento de cuenta.

Animan a contratar estos productos para ahorrarnos comisiones que pueden ser de 6 a 20 euros mensuales, lo cual al final de año suma una cantidad importante.

Tipos de comisiones bancarias

Las comisiones bancarias más habituales son las siguientes:

👉 Comisión de apertura de cuenta, préstamo o hipoteca.

👉 Comisión de mantenimiento de cuenta bancaria.

👉 Comisión de mantenimiento de tarjeta.

👉 Comisión de transferencias

👉 Comisión por descubierto.

👉 Comisión por gestión de recibos impagados.

¿Qué comisiones me están cobrando?

Los bancos tienen la obligación de informar a los clientes, de las comisiones que le están cobrando, o las que le pretenden cobrar, ya que en muchas ocasiones las aumentan o crean nuevas comisiones de forma unilateral. Tienen que informar del concepto o servicio por el que se cobra la comisión, su importe y periodicidad.

Información que debe estar disponible en los establecimientos comerciales de las entidades, en su página web, y en la web del Banco de España.

Para saber si nos están cobrando comisiones, podemos revisar nuestro extracto de movimientos de la cuenta bancaria, preguntar en la oficina del banco y revisar la información general de su web o acceder a la banca electrónica particular.

La realidad es que en muchas ocasiones resulta complicado saber lo que nos están cobrando y el porqué, por eso debes tener claro el derecho de información y de reclamación como consumidor y cliente del banco.

Cuentas sin comisiones de mantenimiento

Existe cuentas sin comisión de mantenimiento, por lo que si te están cobrando esta comisión, tienes la opción es cambiar de banco. Esto es algo que suele dar mucha pereza, ya que hay que cambiar domiciliaciones, pero hay entidades que lo hace de forma gratuita, y ofrecen otras ventajas. Cada vez hay más bancos online que ofrecen muy buenas condiciones, para cuentas online y tarjetas.

Lo que no parece lógico es mantener la fidelidad a una entidad bancaria, que desprecia y abusa del cliente. PUEDES CAMBIAR DE BANCO, pero además también puedes y debes reclamar para recuperar las comisiones, aunque decidas cambiar a otra entidad.

¿Es legal la comisión de mantenimiento de cuenta?

Lo primero que debemos tener en cuenta es que las comisiones bancarias deben responder a servicios realmente prestados y aceptados o solicitados por el usuario, y cuando esto no se cumple, serán nulas y no se pueden cobrar.

Pero además, las entidades bancarias están obligadas a informar con detalle de los productos contratados con una información precontractual detallada, clara y precisa, advirtiendo del riesgos del producto, costes del servicio y siempre entregando copia del contrato una vez firmado.

El proveedor de servicios de pago facilitará al usuario de servicios de pago, de un modo fácilmente accesible para él, toda la información y condiciones relativas a la prestación de los servicios de pago”
Art. 29 RD-Ley 19/2018

Si lo que pretenden es modificar las condiciones de un contrato, como es el caso de incluir una nueva comisión por mantenimiento de cuenta, aumentar la existente o condicionar la bonificación a más productos, deben notificarse al cliente, avisando con un mínimo de dos meses de antelación antes de la fecha de entrada en vigor, de forma clara, individualizada, sin acumularla a otra información o a publicidad, en papel u otro soporte duradero.

Así se detalla en el artículo 33 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.

En resumen son legales las comisiones bancarias cumpliendo los requisitos, algo que normalmente no se produce, por lo cual pueden anularse.

Comisión en cuentas para el pago de hipotecas

Las cuentas bancarias vinculas a préstamos hipotecarios están exentas de comisiones, y no pueden cobrar ninguna comisión de mantenimiento. En esas cuentas se cargan los recibos mensuales de la hipoteca y cualquier otro recibo, por lo que el banco no puede cobrar comisiones por la cuenta vinculada a mi hipoteca.

La única excepción, es en caso de hipotecas posteriores a abril de 2012, cuando las comisiones aparezcan recogidos en los documentos de información previa a la contratación de la hipoteca, informando al cliente del coste total que corresponde al mantenimiento de dicha cuenta, y que después se recojan en la escritura de préstamo hipotecario.

Dicho coste no pueda ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida del préstamo hipotecario.

¿Puedo reclamar la comisión de mantenimiento de cuenta bancaria?

Se pueden reclamar las comisiones de mantenimiento de cuentas que ya te cobraron y recuperar dicho importe, siempre que no estén incluidas en el contrato de la cuenta bancaria o no haya informado correctamente la entidad en el momento de la contratación, o haya modificado las condiciones sin notificación previa en tiempo y forma.

La reclamación dirigida al Servicio de atención al cliente de la entidad bancaria, puede presentarse por escrito en la oficina, enviarla por correo postal o mediante correo electrónico.

Todas la entidades bancarias tienen un servicio de atención al cliente con un correo electrónico al cual podemos enviar la reclamación, y deben respondernos en el plazo de 15 días.

Abogado para reclamar comisiones bancarias

Si llevan tiempo cobrándote comisiones de mantenimiento o descubierto de cuenta, y no consigues que te las anulen y devuelvan el dinero, ponte en contacto con nosotros, podemos ayudarte. Un abogado especializado revisará tu caso, y te ayudará a presentar la reclamación y demanda en el Juzgado.

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